Café ASIME con Uruguay

55 días es la duración media de los procedimientos de restitución en Uruguay, según manifestó Rossana Corina Pose Miguez, Jueza Letrada de Familia de 8º Turno de Montevideo, durante el Café ASIME celebrado el 26 de octubre de 2021.

Este plazo incluye la apelación y ejecución de la restitución. Con ello no solo cumple el objetivo formal del Convenio de la Haya, esto es, la restitución en el plazo más breve posible, sino también el objetivo material del Convenio, que no es otro que retornar al menor a su entorno habitual. De esta forma se garantiza que sean los tribunales del país de residencia habitual los que adopten las medidas pertinentes.

Para conseguir estos resultados, juega un papel muy importante la Autoridad Central uruguaya, que prepara de forma activa los expedientes antes de ser enviados a los tribunales. La solicitud de restitución se realiza mediante un formulario al que se adjunta la pertinente documentación. A partir de aquí, se tomarán las medidas cautelares necesarias para evitar un nuevo traslado y se continua al proceso.
Dentro del procedimiento, ambas partes tienen derecho a la asistencia jurídica gratuita, si bien también pueden optar por contratar un abogado particular. El menor implicado contará también con su propio defensor.

En cuanto a la voz del menor, señala Rossana Pose, existen diferentes maneras para que ésta sea introducida en el procedimiento. El menor puede ser escuchado directamente por los jueces, con o sin presencia de los abogados, a través de una pericial o por su propio defensor. La forma dependerá de la madurez y de las preferencias del menor.

Destaca Rosanna Pose que no suele denegarse el retorno en base al art. 13b) del Convenio de La Haya, salvo que se haya acreditado la existencia de violencia de género. La norma en Uruguay es por tanto la restitución.

Llamativo también es que se suelen imponer los gastos del retorno a la parte o al Estado requirente. Si bien esto puede resultar contradictorio, el motivo, según Rosanna Pose, es facilitar el efectivo retorno y no dar pie a que la parte sustractora alargue el proceso del retorno por motivos económicos.

Desde ASIME hemos manifestado nuestra admiración por la tramitación urgente y eficaz de los procedimientos de restitución de Uruguay. Es un ejemplo a seguir por todos los demás Estados miembros del Convenio de La Haya.

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