-Reunión: La Sustracción Internacional de Menores en la crisis sanitaria del Covid-19

Hacer uso de las medidas de protección previstas en el art. 158 del Código Civil para paliar los efectos negativos de la suspensión de los procedimientos de sustracción de menores ha sido la conclusión más importante de la reunión virtual celebrada por ASIME el 23 de abril de 2020. La reunión tenía por objeto estudiar los efectos en los procedimientos de sustracción internacional de menores del Real Decreto 463/2020, que proclama el Estado de Alarma debido a la crisis sanitaria generada por el COVID 19.

La magistrada María de la Fé Amarillo Vozmediano ha explicado que, si bien todos los plazos procesales están suspendidos, se mantiene la posibilidad de dictar las medidas de protección. Estas medidas pueden ser muy amplias, y pueden ser dictadas incluso de oficio por el juez. Nuestro compañero Adolfo Alonso Carvajal ha añadido que, a pesar de la suspensión del procedimiento, sí cabe la adopción de ciertas medidas, e incluso mantener la ejecución de las sentencias, siempre que existan posibilidades reales. Esto es, que haya vuelos o medios de transporte para el retorno de los niños.

Por último, Ana Criada Inchauspé ha aprovechado para hacer hincapié en la importancia justo en estos momentos de utilizar la mediación. Es evidente que las consecuencias para la Administración de Justicia provocadas por la crisis del coronavirus no se terminarán con el fin del estado de alarma. Se prevé un colapso del sistema judicial, y para resolver los problemas será más seguro y rápido recurrir a otros medios, como, por ejemplo, la mediación.

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