La necesidad de tomar medidas de retorno seguro es un objetivo de la Justicia argentina. La María Fernanda Castelli, Asesora Legal en la Dirección de Asistencia Jurídica Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, esto es, la Autoridad Central Argentina para la Aplicación de la Convención de la Haya de 1980 y de la Convención Interamericana sobre Sustracción Internacional de Menores, ha dado varios ejemplos de ello durante el CAFÉ ASIME celebrado el 2 de junio de 2020. Ha insistido en la necesidad de que los niños y adolescentes víctimas de la sustracción puedan volver a los países de residencia habitual protegidos y cuidados.
María Fernanda ha explicado a los 27 abogados y mediadores especializados en sustracción internacional de menores, conectados desde varios países, que los menores pueden ser escuchados en los procedimientos en función de su edad y grado de madurez. Ahora bien, también ha hecho énfasis en que la voz del menor no necesariamente es vinculante.
En cuanto a la mediación cabe destacar que, si bien la Autoridad Central argentina intenta que las partes llegan a acuerdos en la primera fase administrativa del procedimiento de retorno, no debe confundirse con la mediación. La mediación tiene cabida dentro del procedimiento judicial, pudiendo suspenderse durante un periodo muy corto para intentar llegar a un acuerdo mediado.
La mediación vuelve a aparecer como un sistema recomendable de resolución del conflicto, teniendo en cuenta la existencia de hasta 4 instancias en el procedimiento judicial y las complicaciones de la ejecución. Cumplir el plazo de 6 semanas para el retorno es en la práctica poco viable todo el procedimiento es judicial.